Telecomunicaciones

¿Quién tiene que contribuir a los costes de mantenimiento de las Entidades de Referencia para la portabilidad fija o móvil?

Los operadores que prestan el servicio telefónico fijo disponible al público, el servicio telefónico móvil, el servicio de operador móvil virtual completo y el servicio de operador móvil virtual, prestador de servicios, deben garantizar que los abonados con números del plan nacional de numeración telefónica puedan conservar, previa solicitud, los números que les hayan sido asignados, con independencia del operador que preste el servicio, y conforme a los supuestos contemplados en el Real Decreto 2296/2004, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre mercados de comunicaciones electrónicas, acceso a las redes y numeración (Reglamento MAN) y su normativa de desarrollo. Asimismo, deben sufragar los costes de actualización de elementos de red y sistemas necesarios para el funcionamiento de la portabilidad.

A este respecto, de acuerdo con el apartado Quinto de la Circular 1/2008, de 19 de junio, sobre la conservación de la numeración y migración de numeración telefónica, los operadores que deban utilizar la Entidad de Referencia (sistema centralizado que actúa de agente intermedio para facilitar la portabilidad y que es operado por la Asociación de Operadores para la Portabilidad, AOP, para la portabilidad fija y la Asociación de Operadores para la Portabilidad Móvil, AOPM, para la portabilidad móvil), para gestionar los procesos de portabilidad conforme a lo establecido en dicha instrucción, tienen la obligación de compartir los costes de su establecimiento, correcto funcionamiento y gestión administrativa.

Puede consultar la información de ambas asociaciones en sus respectivas páginas web: AOP, AOPM.

¿Cómo puedo presentar mi Declaración de Ingresos?

Deberá acceder a la Sede Electrónica de la CNMC, al trámite de Gestión de Tasas de Telecomunicaciones https://sede.cnmc.gob.es/tramites/telecomunicaciones/tasas-de-telecomunicaciones, y en el formulario que le aparecerá en Ir al Trámite, deberá consignar los ingresos obtenidos para el año que desee declarar. El sistema le emitirá un justificante conforme ha cumplido con la obligación de presentar dicha Declaración ante la CNMC.

¿Cómo se calcula la Tasa de Numeración?

La Ley General de Telecomunicaciones establece el precio por número (0,041€ por número) y los Presupuestos Generales del Estado lo van actualizando anualmente (tasas de cuantía fija), adicionalmente, el anexo I de la Ley establece un coeficiente (de 1 a 30) a aplicar para cada tipo de numeración asignada y por último, debe tenerse en cuenta la cantidad de números liquidados. A modo de ejemplo, para la numeración 11800 la tasa estaría formada por:

  • Año: 2022
  • Tipo Número: SMS Premium
  • Número: 11800
  • Cantidad de Números: 10.000
  • Coeficiente: 30
  • Precio Número: 0,041€
  • Actualización Precio: 1 por cien

Precio Tasa 11800 = 10.000*30*0,041€ = 12.300€

¿Por qué se me liquidan 10.000 números si sólo tengo asignado uno, un código de 5 dígitos? (Por ejemplo, 93800)

La Ley General de Telecomunicaciones establece que la asignación de numeración se realiza por números completos de 9 dígitos. Así, al asignar el número 93800, por ejemplo, se le asigna la numeración contenida en el número 93800-0000 hasta el 93800-9999, es decir, se asignan 10.000 números.

¿Qué opciones tengo para hacer efectiva la liquidación que me acaban de notificar?

Debe hacer una transferencia por el importe consignado al número de cuenta que se indica en el mismo impreso o en su defecto, puede realizar un ingreso en ventanilla de la entidad financiera que aparece en el modelo.

Si lo estima oportuno, puede hacernos llegar a través de nuestra Sede Electrónica, una de las hojas del impreso junto con un justificante bancario de dicha transferencia. Para el caso de transferencias online, debe adjuntar el justificante que la plataforma de pago de su entidad bancaria le emita.

¿Qué plazo tengo para presentar la Declaración de Ingresos anual?

Con la entrada en vigor de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, los operadores de comunicaciones electrónicas obligados a satisfacer la tasa anual estarán obligados a presentar una declaración anual de sus ingresos brutos de explotación, en el plazo de seis meses desde la fecha devengo de la tasa.

He hecho mi Declaración pero no he recibido la carta de pago modelo T-6 de la Tasa General de Operadores

Una vez cumplida la obligación de presentación de la Declaración anual, la CNMC pondrá a su disposición el correspondiente modelo T-6 en la Sede Electrónica, en caso de estar registrado se le avisará mediante la opción facilitada (correo electrónico o SMS).

¿Dónde puede obtener el listado de errores de procesamiento de ficheros de SGDA?

Acceso al listado de errores de procesamiento de ficheros comunicados por parte de los operadores en SGDA.

Telecomunicaciones

Procedimientos especiales de telecomunicaciones

Este procedimiento permite presentar conflictos, consultas, informaciones previas, sancionadores y otros tipos de solicitud, sobre los ámbitos de interconexión y acceso, mercados, obligaciones de servicio público y calidad, portabilidad, precios y pagos, tráfico irregular, numeración y ofertas de referencia. 

¿Tengo derecho a solicitar la devolución por haber cancelado la numeración durante el año?

Sí, puede solicitar la devolución de ingresos indebidos por la parte en que no disfrutará de la numeración asignada.